Corte Suprema de Justicia indica cómo debe valorar los indicios el juez (3:01 p.m.)
66123
11 de Mayo de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El indicio es un medio de prueba crítico, lógico e indirecto, estructurado por el juzgador a partir de un hecho indicador del cual razonadamente, según los postulados de la sana crítica, se infiere la existencia de otro hecho desconocido. Así lo indicó la Corte Suprema de Justicia, al tiempo que explicó que, según la forma en que el hecho indicador evidencie la existencia del hecho indicado, los indicios pueden ser necesarios o contingentes, y estos últimos pueden ser calificados de graves, si media un nexo de determinación racional y serio, o leves, cuando constituyen una de las varias posibilidades que se ofrecen. De esta forma, la Sala Penal señaló que para encontrar probado el indicio, el hecho indicador debe estar debidamente acreditado, y ser indivisible e independiente (M. P. Julio Enrique Socha Salamanca).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!