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Corte Suprema confirma condena a varios militares por homicidio en persona protegida por el DIH (10:13 a.m.)

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11 de Abril de 2011

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La Corte Suprema de Justicia recordó que el Derecho Internacional Humanitario (DIH) está en estrecha relación con el concepto de conflicto armado. Según la corte, aunque la conceptualización de conflicto no internacional es compleja y los gobiernos tienden a no aceptar su existencia, existen varios elementos que pueden dar cuenta de este, como el enfrentamiento entre partes, ya sea entre fuerzas armadas gubernamentales, disidentes o insurrectos. La Sala Penal advirtió que en Colombia existe un conflicto no internacional, por lo que confirmó la condena a dos miembros del Ejército Nacional por los delitos de homicidio en persona protegida y tentativa de homicidio en persona protegida. A juicio del alto tribunal, las víctimas tenían la condición de población civil y a los militares no les era aplicable el fuero penal militar (M.P. Augusto J. Ibáñez Guzmán).

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