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Así se verifica la modalidad dolosa en el acceso carnal con menor de 14 años (4:12 p.m.)

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24 de Abril de 2019

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Dentro de un proceso penal se halló culpable, en primera y segunda instancia, a un ciudadano por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años. En tal sentido, y al resolver el recurso de casación interpuesto por el apoderado del victimario, la Corte Suprema de Justicia explicó las diferencias entre el error vencible e invencible. Al respecto indicó que no habrá lugar a responsabilidad penal cuando se obre con error invencible de que no concurre en su conducta un hecho constitutivo de la descripción típica o de que concurren los presupuestos objetivos de una causal que excluya la responsabilidad. En cambio, si el error fuere vencible la conducta será punible, siempre y cuando la ley la haya previsto como culposa, precisó la providencia de la Sala Penal. Del mismo modo, el alto tribunal precisó que la ilicitud de la conducta señalada solo admite la modalidad dolosa y este elemento subjetivo se verifica cuando el agente al realizar la conducta típica conoce los hechos constitutivos de la infracción penal, en este caso, que la persona con quien sostiene relaciones sexuales es menor de 14 años. Conozca el caso concreto en el documento adjunto (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).

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