12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 seconds | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Ante dudas sobre el sentido de una norma se acudirá a disposiciones generales de la misma para superarlas (2:07 p.m.)

11 de Septiembre de 2018

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Nota:
110217
La parte general de un código, por contemplar las bases o fundamentos que inspiran su diseño, sirve como guía, incluidas las normas rectoras allí consagradas, para la aplicación de su parte especial. Por tanto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó que si surgen dudas frente al alcance o sentido de alguna norma resulta imperioso acudir a las disposiciones establecidas en aquélla para superarlas. En el caso concreto, la corporación aseguró que los falladores precedentes efectuaron una interpretación exegética frente al cálculo de la pena que recibe una persona condenada por los delitos de homicidio agravado (en concurso homogéneo), tortura agravada, secuestro simple agravado, concierto para delinquir agravado y utilización de menores para la comisión de delitos agravado, desconociendo el mandato perentorio de los artículos 31 y 37 del Código Penal. En tal sentido, la Sala ratificó la vigencia de las prohibiciones previstas en su parte general, esto es, las referidas a que la prisión no puede exceder, en ningún caso, de 50 años si se trata de un solo delito y de 60 años si se procede por un concurso, y casó parcialmente de oficio la sentencia atacada (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).

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