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Penal


Actuaciones de la etapa de indagación penal no son reservadas

La Fiscalía está obligada a suministrar la información y las copias que el investigado solicite sobre las indagaciones de las que fue objeto.

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20 de Junio de 2011

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La información, las evidencias y los elementos materiales probatorios recopilados por la Fiscalía en la etapa de indagación penal no están cobijadas por la reserva sumarial. Así se pronunció la Sala Laboral de la Corte Suprema, en un reciente fallo de tutela.

 

De acuerdo con lo anterior, la Fiscalía está obligada a suministrar la información y las copias que el investigado solicite sobre las indagaciones de las que fue objeto, sobre todo después de haberse archivado la investigación.

 

Este pronunciamiento se sustenta en el hecho de que ni la Constitución ni la ley les asignan carácter reservado a estas actuaciones y en una línea jurisprudencial de la Corte Constitucional que ha ampliado los derechos de los procesados a recibir información sobre las investigaciones penales que los afectan.

 

La Corte puntualizó que este derecho solo se puede limitar cuando se afectan derechos de terceros, como la intimidad.

 

(CSJ, S. Laboral, Sent. 32375, jun. 7/11, M. P. Luis Gabriel Miranda)

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