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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Padres que exploten a sus hijos en tráfico de migrantes y mendicidad perderán su patria potestad

23 de Diciembre de 2021

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La norma modifica el Código Penal (Ley 599 del 2000), en cuanto a los alcances de los delitos de tráfico de migrantes y trata de personas, y endurece las sanciones cuando la explotación recaiga en menores de edad.

 

El artículo 188-B del Código, llamado “circunstancias de agravación punitiva”, asegura que cuando los delitos de tráfico de migrantes y trata de personas sean cometidos o facilitados “por uno o ambos progenitores del niño, niña o adolescente, o por quien o quienes lo tengan bajo su custodia o cuidado, con fines de mendicidad ajena o cualquier otro fin de explotación, dará lugar a la terminación de la patria potestad por emancipación judicial, respecto del padre o madre responsable de la conducta punible tipificada en los artículos referidos”.

 

También perderá la custodia quienes lo tengan bajo su cuidado y sean igualmente responsables, previo al procedimiento legal vigente.

 

La Ley además contempla que cuando para la comisión de estos delitos se someta a un niño, adolescente o mayor de edad a la ingesta de sustancias sicoactivas que inhiban su razón, juicio o voluntad, con fines de mendicidad ajena o cualquier otro fin de explotación o para la realización de los trayectos migratorios relacionados con la entrada o salida de niños, niñas y adolescentes de Colombia, sin el cumplimiento de los requisitos legales, se aumentará de una tercera parte a la mitad las penas para estos delitos.

 

En cuanto al delito del tráfico de migrantes, el Código dice que habrá prisión de 96 a 144 meses y una multa de 66.66 a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la sentencia condenatoria.

 

Sobre el delito de trata de personas, el Código resalta que quien capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de 13 a 23 años y una multa de 800 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

Además, la ley sancionada endureció las sanciones y definió que cuando los delitos de tráfico de migrantes y trata de personas se realicen sobre menor de 18 años se aumentará en la mitad de la misma pena.

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