No existe prescripción de la acción penal en el marco de Justicia y Paz (3:36 p.m.)
04 de Febrero de 2013
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Nota:
86149
La Corte Suprema precisó que es inviable alegar prescripción de la acción penal en la Ley de Justicia y Paz. A juicio de la Sala Penal, si el desmovilizado se postula de forma libre para que lo cobijen los beneficios de la Ley 975 del 2005, coherentemente ha de entenderse que, al aceptar cargos, renuncia de manera tácita a la prescripción, sin importar que los delitos tengan o no el carácter de crímenes internacionales. La corporación señaló que es necesario tener presente que la justicia transicional es de excepción y no se puede hacer transposición exacta de contenidos normativos de esta con la justicia ordinaria. Con estos argumentos, el alto tribunal confirmó la sanción impuesta al desmovilizado Aramis Machado, alias El Iguano, Cabo Machado o Martín Moreno, a quien se le imputaron conductas penales en la atmosfera de empoderamiento alcanzada en la década de los 90 por grupos de los hermanos Carlos y José Vicente Castaño Gil y Salvatore Mancuso (M.P. Javier Ortiz Zapata).
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