Listas las reglas de procedimiento de la JEP (9:00 a.m.)
24 de Julio de 2018
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Nota:
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Pese a su desacuerdo con las modificaciones introducidas por el Congreso de la República, a las que consideró como inconstitucionales, el presidente Juan Manuel Santos sancionó anoche la Ley de Procedimiento de la JEP. Así, el mandatario afirmó que esta jurisdicción ya dispone de los instrumentos necesarios para comenzar a producir resultados. “Faltaba dentro del andamiaje esta ley, que tuvo mucha discusión. Se incluyeron algunos artículos con los cuales estamos abiertamente en desacuerdo. Pero eso ya será la Corte Constitucional que decidirá la suerte de esos artículos”, aseveró Santos. De acuerdo con la ley y su artículo 54, la nueva jurisdicción únicamente tendrá potestad para verificar la fecha en la que ocurrieron los hechos por los cuales un colombiano está pedido en extradición, de tal modo definirá si los mismos ocurrieron o no con posteridad a la firma del Acuerdo de Paz. Así, en ningún caso, la JEP podrá pronunciarse sobre el fondo del asunto, ni sobre la responsabilidad de quien fuere solicitado en extradición. También hay un artículo que define un procedimiento especial y diferenciado para los miembros de las Fuerzas Armadas que se acojan a la JEP. Así mismo, se dispone que el Gobierno y el Congreso tendrán 18 meses para presentar y aprobar dicho procedimiento. A su turno, la presidenta de la JEP, Patricia Linares, declaró que la norma da los instrumentos para poder garantizar seguridad jurídica, debido proceso y poder seguir avanzando en la implementación de la Jurisdicción. Indicó que se trata de una ley ordinaria que para ser considerada por la Corte debe ser demandada; entonces seguramente una vez se produzcan las correspondientes demandas la Corte abocará el conocimiento que le corresponda. En el archivo adjunto a esta nota puede consultar la nueva ley.
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