Legalización de bienes objeto de extinción de dominio es jurídicamente imposible (8:20 a.m.)
16 de Abril de 2014
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Nota:
96157
La legalización de los bienes que han sido objeto de extinción de dominio o comiso definitivo, a través del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), no es posible jurídicamente, pues existe un vacío normativo que no permite excluirlos de las obligaciones aduaneras y que se refiera en conjunto a los temas aduaneros y a la administración de dichos bienes, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En este evento, sería necesario evaluar la conveniencia o no del levantamiento de la restricción administrativa para su legalización y, en ese sentido, el consenso y coordinación de la Dirección Nacional de Estupefacientes, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la DIAN.
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