Penal
Procuraduría pide declarar exequible artículo que define sanciones por violencia intrafamiliar
13 de Febrero de 2014
La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible el artículo 229 del Código Penal, que sanciona con privación de la libertad de cuatro a ocho años a quien maltrate física o sicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar, siempre que la conducta no constituya un delito sancionado con pena mayor.
La norma establece que la pena se aumentará cuando la conducta recaiga sobre un menor de edad, una mujer, una persona mayor de 65 años o en situación de incapacidad, una persona disminuida física, sensorial y psicológicamente o en estado de indefensión.
A juicio del Ministerio Público, dicho artículo no contradice la Carta Política, pues establece un tipo penal especial y subsidiario (únicamente se aplica si el maltrato no configura otro tipo penal que prevea una sanción mayor), que busca proteger el bien jurídico de la familia.
Además, no vulnera los principios de proporcionalidad, igualdad y legalidad, pues se trata de un tipo penal que protege un bien jurídico fundamental y no establece una única pena o una pena nueva para una conducta ya sancionada.
Por el contrario, la norma le permite al juez cuantificar la pena según la gravedad de la lesión y la calidad y condición del sujeto pasivo, así como determinar si, de conformidad con lo que se hubiese probado en el proceso, efectivamente corresponde al delito de violencia intrafamiliar o a uno distinto para el cual el legislador haya previsto una pena mayor.
En opinión del demandante, es irracional y desproporcionado que la pena mínima de prisión (cuatro años) se imponga en cualquier circunstancia sin importar el tipo de lesión o daño que se ocasione.
La demanda advierte que el castigo sería el mismo si se trata de lesiones personales con un día de incapacidad o de una perturbación funcional de un órgano o miembro, lo que atenta contra los artículos 13 (igualdad) y 29 (debido proceso) de la Carta Política.
Opina, Comenta