Penal
Director de cárcel puede certificar conducta de postulados
08 de Julio de 2015
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia insistió en que la sustitución de la medida de aseguramiento privativa de la libertad por una que no afecte la locomoción está ligada al acto de postulación a la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005) y no al de desmovilización o captura, pues el primero es que permite acceder, de forma definitiva, a la justicia transicional.
Frente a ese trámite, la corporación determinó que el director de la cárcel sí puede certificar la buena o mala conducta de los postulados durante su privación de la libertad.
Si bien esa función fue atribuida por el Acuerdo 011 de 1995 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario a los consejos de disciplina de las prisiones, también son válidas las certificaciones de su director, indicó.
A juicio del alto tribunal, los postulados no son responsables de constatar que quien evalúa su conducta carcelaria tiene facultad para hacerlo, ya que esta no es una carga prevista en la ley.
Adicionalmente, el fallo reiteró que la existencia de una sanción disciplinaria en la hoja de vida del postulado no genera automáticamente un impedimento absoluto para sustituir la medida de aseguramiento, pues lo contrario implicaría que esa circunstancia superara la importancia de los compromisos primordiales cumplidos por el desmovilizado.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto AP-3431 (45444), jun. 17/15, M. P. Patricia Salazar)
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