La retractación no es una causal que deje sin valor automáticamente las manifestaciones previas del testigo (3:25 p.m.)
28 de Agosto de 2018
Reproducir
Nota:
110412
La existencia de diversas versiones sobre los hechos por parte de testigos que comparecieron a un juicio oral y que previamente habían indicado otra cosa obligó al sentenciador de alzada a establecer cuál de ellas correspondía a la verdad de lo ocurrido y la razón o razones que tuvieron para retractarse. En virtud de ello, y con soporte en la jurisprudencia precedente, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia afirmó que la retractación no constituye en sí misma una causal que automáticamente deje sin valor alguno las anteriores manifestaciones del testigo. Lo anterior toda vez que en todo lo que tenga que ver con la credibilidad del testigo le corresponde al juez realizar una labor analítica de comparación, no solo entre las distintas versiones del testigo, sino de manera conjunta con los demás medios de conocimiento que integran el arsenal probatorio. Ello con el fin de establecer cuál de las diversas versiones corresponde a la verdad de lo ocurrido y los motivos que pudieron haber animado al declarante para que se retractara, que también deberán ser ponderados por el juzgador conforme a las reglas de la persuasión racional (M. P. José Francisco Acuña Vizcaya).
Opina, Comenta