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La prueba de laboratorio no es la única que permite determinar la condición de una sustancia como estupefaciente (10:09 a.m.)

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08 de Marzo de 2018

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que existe libertad probatoria para demostrar que una sustancia hallada en poder de un individuo es un estupefaciente, por lo que no es admisible, en sede de casación, cuestionar la responsabilidad penal atribuida por el delito de tráfico, fabricación, porte de estupefacientes, por la ausencia de una prueba de laboratorio que ratifique su naturaleza. Según el alto tribunal, este argumento desconoce frontalmente el principio de libertad probatoria, que inspira la Ley 906 del 2004, al que alude expresamente el artículo 373 de esa codificación en cuanto dispone que “los hechos y circunstancias de interés para la solución correcta del caso se podrán probar por cualquiera de los medios establecidos en este código o por cualquier otro medio técnico o científico que no viole los derechos humanos” (M. P. Patricia Salazar).

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