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La minería ilegal no constituye fuerza mayor que exima responsabilidad por el incumplimiento del contrato de concesión (8:45 a.m.)

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10 de Mayo de 2013

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El Consejo de Estado señaló que justificar y atribuir el incumplimiento de obligaciones de un contrato de concesión minera al hecho de que explotadores ilegales invadan la zona (San Cayetano y Cúcuta - Norte de Santander), sin demostrar que su presencia le impide al titular del contrato adelantar labores de explotación carbonífera, no constituye fuerza mayor. En este sentido, la Sección Tercera confirmó la declaratoria de caducidad que el Ministerio de Minas y Energía impuso, teniendo en cuenta que el beneficiario de la concesión no realizó los trabajos de explotación correspondientes. Si la sociedad concesionaria pretendía realizar trabajos de explotación solo en el lugar donde se instalaron los invasores, debe restituirle a la Nación las hectáreas restantes, pues, de lo contrario, se produce un detrimento injustificado para el Estado al tener inactivas y sin explotación tales áreas, agregó (C. P. Carlos Alberto Zambrano Barrera).

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