La dimensión fáctica de la acusación es inmodificable (4:00 p.m.)
30 de Septiembre de 2016
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Nota:
123280
La Sala Penal de la Corte Suprema reiteró que los hechos que sirven de base para la acusación no pueden ser cambiados o extralimitados; por tal motivo, la sentencia se deba enmarcar de manera estricta en aquellos. El alto tribunal reiteró que la congruencia entre sentencia y acusación constituye base esencial del debido proceso, y su trascendencia jurídica para el proceso penal estriba en que las partes deben conocer con claridad los cargos, con el propósito de plantear sus estrategias de cara al juzgamiento, por lo que el juicio solo podrá versar sobre ellos y, por su parte, el juzgador se pronunciará sobre los mismos, sin que las partes puedan verse sorprendidas por la inclusión de hechos nuevos o la variación de los mismos, que, por no ser conocidos con antelación, no puedan ser objeto de controversia jurídica y probatoria, indicó (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).
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