Jerarquía ocupada por paramilitares desmovilizados no es un criterio para graduar penas alternativas (2:45 p.m.)
07 de Abril de 2017
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Nota:
54423
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que, en el marco de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005), el rango del postulado o su grado de participación en la conducta punible no es una pauta que permita graduar las penas alternativas. En efecto, el alto tribunal recordó que, en atención a las características y propósitos específicos del proceso de justicia transicional que difieren de los consagrados en el estatuto sustancial y en el procesal penal vigente, los criterios que definen la dosificación o graduación en estos casos se restringen a la gravedad de los delitos y a la colaboración efectiva en el esclarecimiento de los mismos, a los cuales deben sujetarse, de manera irrestricta, los funcionarios judiciales (M. P. Luis Guillermo Salazar).
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