Instancia que revoca decisión inferior no es determinante en la comisión del prevaricato por acción (9:38 a.m.)
08 de Agosto de 2018
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Nota:
107677
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al emitir sentencia frente a un proceso contra dos exconjueces del Tribunal Superior de Montería acusados como probables coautores del delito de prevaricato por acción, indicó que las simples diferencias de criterio respecto de un determinado punto de derecho no tienen cabida en este delito, especialmente en materias que por su complejidad o por su ambigüedad admiten diversas interpretaciones u opiniones. Lo anterior por cuanto no es posible ignorar que suelen ser comunes las discrepancias, inclusive en temas que aparentemente no ofrecerían dificultad. Sumado a ello, indicó que la circunstancia de que una instancia superior revoque la determinación de un funcionario judicial inferior no es elemento determinante de la comisión del delito de prevaricato por parte de quien la profirió, toda vez que el juicio que se hace no es de acierto, sino de legalidad de la providencia. De igual forma, el fallo precisó que el error judicial por sí solo no genera el delito indicado, sino que a él debe llegarse a través de actuaciones de mala fe deliberadamente orientadas a cometerlo (M. P. Luis Guillermo Salazar Otero).
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