12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Penal


Informes de policía judicial no son prueba (11:06 a.m.)

26 de Marzo de 2015

Reproducir
Nota:
100462
Bajo la Ley 600 del 2000, la policía judicial podía adelantar labores de verificación antes de la judicialización de la comisión de un delito, iniciar investigación previa por iniciativa propia en los casos de flagrancia o cuando el fiscal no pudiera hacerlo, y actuar por comisión de este o del juez en la investigación o en el juicio. En ese contexto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que los informes de policía judicial no son prueba, pues el legislador buscó evitar que los juzgadores fallaron con base en ellos exclusivamente, sin producir otras pruebas, lo que violaría el derecho a la verdad y las garantías de los sindicados. Sin embargo, esto no impide que el funcionario judicial, a partir de tales informes, genere la prueba requerida para establecer la realidad y veracidad de los hechos relevantes, la cual puede ser controvertida por el procesado, precisó la sentencia (M. P. Luis Guillermo Salazar).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)