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Actualizado hace 13 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Informe de servidor público para noticiar delitos se inadmite cuando no llene requisitos de una denuncia (8:00 a.m.)

08 de Agosto de 2016

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Nota:
124283
El informe presentado por un servidor público para noticiar sobre hechos aparentemente delictivos, con independencia de su denominación, constituye una verdadera denuncia y, por lo tanto, les son aplicables las exigencias mínimas de admisibilidad. Así lo precisó recientemente un informe de relatoría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia luego de estudiar el concepto de denuncia y sus requisitos cuando estas sean realizadas por servidor público. Vale la pena recordar que esta diligencia puede ser presentada verbalmente o por escrito, bajo la gravedad del juramento, y debe contener una relación detallada de los hechos conocidos por el denunciante. Así mismo, los servidores públicos tienen la  obligación de denunciar “cuando por cualquier medio conozcan de la comisión de delitos”. El servidor cumple este mandato a través  de un documento denominado “informe”, el cual corresponde sustancialmente a una denuncia y, en consecuencia, es el acto informativo a través del cual se pone en conocimiento de la autoridad competente de investigar la perpetración de una conducta presumiblemente delictiva. En este contexto, la apreciación adelantada por el servidor sobre la naturaleza delictiva de los hechos denunciados no puede resultar vinculante para la autoridad encargada de tramitar la eventual investigación, “en tanto es esta última la encargada de valorar si la noticia criminal tiene la aptitud para ser admitida”, concluyó el pronunciamiento (M.P. Eugenio Fernández).

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