Hacer uso de un derecho conferido por la ley no configura fraude procesal (1:13 p.m)
17 de Julio de 2017
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Nota:
55976
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia casó la sentencia condenatoria por el delito de fraude procesal proferida en contra de una mujer acusada de intentar engañar a la División de Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa Nacional para obtener el reconocimiento, en favor de su hija, del 25 % de las prestaciones sociales causadas por su cónyuge y dejado a salvo, a través de resolución, mientras se aportaba la sentencia de filiación de una menor presuntamente hija del fallecido. Para la corporación, solicitar la adjudicación vencido el plazo establecido en el inciso tercero del artículo 10 de la Ley 75 de 1968 no comporta lo descrito en el artículo 453 del Código Penal, vigente al momento de los hechos, así la procesada haya conocido el estado del proceso civil del que dependía la decisión administrativa (M. P. Luis Antonio Hernández).
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