Hacen importante precisión sobre redosificación por concurso de conductas punibles (12:56 p.m.)
13 de Noviembre de 2018
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Nota:
108735
La Corte Suprema de Justicia reiteró que cuando debe realizarse la redosificación punitiva por razón de un concurso de conductas punibles, al disminuirse la pena del tipo base del concurso, es decir, del que sirvió de referente para calcular el incremento por los comportamientos delictivos concurrentes, debe aplicarse a la nueva pena básica la misma proporción de aumento que se hizo al determinar originalmente la punibilidad. Lo anterior significa que se deben respetar los criterios y montos que tuvieron en cuenta los jueces de instancia, siempre y cuando no desconozcan el debido proceso previsto en el artículo 31 del Código Penal, ni los parámetros legales allí contenidos (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).
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