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Funcionario judicial que desconoce el precedente judicial puede incurrir en prevaricato (3:50 p.m.)

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26 de Abril de 2013

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que no solamente la ley es fuente de derecho, también los procesos de las autoridades que tienen competencia constitucional, como sucede con la jurisprudencia. Uno de los principales fundamentos de esta postura es la coherencia, según la cual no puede mantenerse una situación en la que un caso se resuelva de una manera y otro, con un supuesto fáctico similar, se defina de forma distinta. Conceder fuerza vinculante a la jurisprudencia también impide la discrecionalidad del juez inferior, pues su libertad creadora, la cual puede derivar, en algunos casos, en desconocimiento de derechos fundamentales queda condicionada al respeto de lo ya dispuesto por tribunales superiores en casos similares, sin que ello se torne incompatible con el principio de autonomía e independencia judicial. Por otra parte, al definirse que el juez sólo está sometido al imperio de la ley, se hace referencia a todo el ordenamiento jurídico, en el que se incluye la jurisprudencia, concluyó el alto tribunal (M. P. José Luis Barceló Camacho).

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