Fiscalía debe atender interés superior del menor en la actividad probatoria (4:22 p.m.)
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12 de Febrero de 2014
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La Corte Constitucional reiteró que la Fiscalía General de la Nación debe atender el principio de interés superior de los menores y la dignidad humana en la actividad probatoria desarrollada en las investigaciones de delitos sexuales cometidos contra ellos. Así, la autoridad judicial no debe actuar discriminatoriamente contra las víctimas, sino considerar su situación de indefensión, resaltó la corporación. De esa manera, el funcionario deberá tomar todas las medidas encaminadas a establecer la verdad y realizar una investigación integral y oportuna, sin que haya revictimización. Por eso, cuando la autoridad omite ejecutar las actividades tendientes a la protección del niño, lo intimida o coacciona o asume una actitud pasiva en materia probatoria, responderá penal y disciplinariamente, agregó el fallo (M. P. Alberto Rojas).
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