Falta de solidez de pruebas impide aplicar norma sustancial que sanciona un delito (2:38 p.m.)
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13 de Mayo de 2019
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La falta de solidez de los elementos probatorios aportados por la Fiscalía impide aplicar la norma sustancial que define y sanciona un delito y, en tal sentido, hace obligatorio emplear el principio de resolución de duda a favor del investigado. Así lo explicó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al resolver un recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de un sujeto condenado como autor por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. De igual forma explicó, bajo el paradigma que establecen los artículos 7º, 372 y 381 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), que los medios probatorios han de llevar al conocimiento del juez, más allá de toda duda razonable, el aspecto objetivo del delito y la responsabilidad de los autores o partícipes. Precisamente, frente al aspecto subjetivo, el fallo indicó que el caso específico no contaba con la certeza del compromiso directo del procesado en el porte del arma de fuego, por ello casó la providencia que condenaba al recurrente y lo absolvió (M. P. Eugenio Fernández Carlier).
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