Falta de defensa técnica como motivo de nulidad debe presentarse durante todo el proceso (11:36 a.m.)
24 de Junio de 2015
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Nota:
102538
La Sala Penal de la Corte Suprema recordó que para llegar a la conclusión de que el acto cumplido desconoció una garantía procesal, con repercusiones adversas en los resultados del proceso, o quebrantó las bases fundamentales de la instrucción o el juzgamiento, la afectación del ejercicio a la defensa técnica, como motivo de nulidad, debe establecerse frente a su ejercicio integral, por tratarse de una actividad que se cumple a lo largo de todo el proceso. De ese modo, cuando el cuestionamiento se reduce a una acto en particular, deberá examinarse si afectó o incidió negativamente en su ejercicio conjunto, ya en la fase de la instrucción o en la de juzgamiento, y si tuvo implicaciones en los resultados del proceso, concluyó (M. P. José Leonidas Bustos).
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