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Falso raciocinio probatorio trasgrede presunción de inocencia y debido proceso (8:10 a.m.)

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20 de Abril de 2016

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No es razonable afirmar que si una persona incurre en un comportamiento ilegal todos los demás actos relacionados con este también lo son, por cuanto constituirá un prejuicio. Así lo aseguró la Corte Suprema de Justicia al desatar un recurso de casación relacionado con el delito “Fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones”, consagrado en el artículo 365 del Código Penal. La alta corporación indicó que para establecer el ingrediente subjetivo de esta infracción -sin permiso de autoridad competente- se deben utilizar y analizar medios de conocimientos diferentes a los necesarios para probar la posesión, la tenencia o el porte de armas o municiones, por cuanto se puede incurrir en un error de hecho por falso raciocinio probatorio, trasgrediendo la presunción de inocencia y el debido proceso. Es por ello que la fiscalía tiene la carga procesal de sustentar idóneamente este ingrediente normativo y no puede presumir la configuración de este enunciado sin pruebas (M.P.: Gustavo Enrique Malo Fernández).

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