Esto debe tener en cuenta si desea presentar una demanda de casación penal (3:54 p.m.)
25 de Enero de 2018
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Nota:
59750
La Corte Suprema de Justicia explicó recientemente que en sede de casación penal no basta solamente con (i) invocar la existencia de un motivo de ineficacia de lo actuado, sino que además le compete al demandante precisar (ii) el tipo de irregularidad que alega, (iii) demostrar su existencia, (iv) acreditar cómo su configuración comporta un vicio de garantía o de estructura y, tal vez lo más importante, (v) demostrar la trascendencia del yerro para afectar la validez del fallo cuestionado. Del mismo modo, señaló que si lo que se persigue con la casación es denunciar la presencia de varias irregularidades, cada una de ellas con entidad suficiente para invalidar la actuación o parte de ella, es indispensable que en la demanda se sustenten en capítulos separados y de manera subsidiaria si fueren excluyentes. Ello toda vez que solo así puede acatarse la exigencia de claridad y precisión en la postulación del ataque y respetarse los principios de autonomía y de no contradicción de los cargos en sede extraordinaria (M. P. José Francisco Acuña Vizcaya).
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