Emiten concepto sobre la procedencia de entregar o no a persona solicitada en extradición (12:03 p.m.)
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05 de Octubre de 2018
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La Sala Penal rindió concepto sobre la solicitud de extradición de un ciudadano ecuatoriano efectuada por el Gobierno de Perú y precisó la procedencia de entregar o no a la persona solicitada. Al respecto, la corporación indicó que se deben analizar los siguientes aspectos: validez formal de la documentación allegada por el país requirente, demostración plena de la identidad de la persona solicitada y la concurrencia de la doble incriminación. Igualmente, debe analizar las conductas que según la legislación de los Estados sean sancionadas con pena privativa de la libertad no menor a un año, la equivalencia existente entre la providencia proferida en el extranjero y, al menos, del mandato de detención para el caso peruano y la existencia de algún motivo constitucional que impida la extradición, con especial referencia a la fecha de comisión de los hechos imputados y cometidos en el exterior, que no deberán tratarse de delitos políticos. De igual manera, en garantía del derecho fundamental al debido proceso, se debe constatar que contra el requerido la justicia colombiana no haya ejercido jurisdicción sobre los hechos que fundamentan el pedido de extradición (M. P. Eugenio Fernández Carlier).
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