El carácter de condenado del testigo no imposibilita que pueda declarar sobre hechos conocidos (2:38 p.m.)
31 de Marzo de 2014
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Nota:
95662
En sentencia publicada recientemente, la Sala Penal de la Corte Suprema advirtió que el carácter de condenado de un testigo no hace imposible que pueda declarar sobre hechos conocidos. En su opinión, se debe aplicar la regla general según la cual debe esperarse de los declarantes que siempre digan la verdad, salvo que circunstancias especiales permitan advertir lo contrario. Según la decisión, tampoco la condición social de los testigos es argumento válido para pregonar mayor peso de una declaración frente a otra, pues lo relevante es el conocimiento de los hechos y su respaldo frente al restante material probatorio (M. P. María del Rosario González Muñoz).
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