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Destitución e inhabilidad de 20 años a fiscal por ‘cartel de la hemofilia’

06 de Octubre de 2023

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Destitución e inhabilidad de 20 años a fiscal por ‘cartel de la hemofilia’ (Freepik)

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó una decisión de primera instancia que declaró disciplinariamente responsable a un fiscal por incurrir en el delito de cohecho propio, definido en el artículo 405 del Código Penal, y en falta gravísima en materia disciplinaria, por lo que lo sancionó con destitución e inhabilidad general por el término de 20 años.

En su condición de fiscal delegado ante los juzgados penales del circuito, el disciplinado actuó de manera contraria al deber funcional de respetar y cumplir la ley, al recibir dádivas (pago de hospedaje y cena en restaurante, sumas de dinero y promesas de favorecimiento laboral), con el fin de favorecer a una persona que estaba siendo investigada penalmente por el denominado “cartel de la hemofilia”, lo cual se consumó al no imputarle uno de los delitos que cobijaron a los demás acusados, evidenciando un acto de corrupción.

El alto tribunal señaló que la conducta del fiscal cuestionado tendiente a adoptar una decisión con el objeto de favorecer a un sujeto procesal, previo acuerdo de recibir o esperar algo a cambio, constituye objetivamente la falta gravísima contemplada en el numeral 1° del artículo 48 del Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002), por incurrir en el tipo penal de cohecho propio. (Lea: Suspenden por tres años a abogado que participó en el ‘cartel de la hemofilia’).

 

Reproche disciplinario

La corporación recordó que los fiscales cumplen un papel preponderante en el cumplimiento del objeto de la administración de justicia, por lo que deben adelantar sus funciones bajo los derroteros de imparcialidad, moralidad, honorabilidad, eficiencia y búsqueda de la verdad real, de manera que el incumplimiento de los deberes a su cargo genera reproche disciplinario.

Los actos de corrupción, como en el presente asunto, deben ser sancionados de manera ejemplar, para que se cumpla la función de la sanción respecto del carácter preventivo y correctivo, por el daño causado a los actores que dependen de las decisiones funcionales de la administración de justicia, cuando se incurre en actos de corrupción por quienes deben garantizar la transparencia del sistema.

El desfalco al sistema de salud, especialmente en el departamento de Córdoba, dio origen a lo que se denominó judicialmente “cartel de la hemofilia”, cuyo objeto era condenar a los responsables de dichas conductas corruptas. Sin embargo, la desviación de las funciones del fiscal a cambio de satisfacer sus intereses personales puso en riesgo el fin último de su actividad, que es la obtención de justicia (M. P. Julio Andrés Sampedro Arrubla).

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