Despejan dudas sobre el delito de prevaricato por acción en órdenes de entrega de inmuebles (9:10a.m.)
02 de Octubre de 2017
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Nota:
57554
Una sentencia recientemente publicada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó como responsable del delito de prevaricato por acción a una jueza civil del circuito de Yopal, por apartarse diametralmente de los preceptos jurídicos que establece la legislación civil, así como por emitir una orden de restitución que no le había sido peticionada y que no podía impartir, precisamente, por la imposibilidad de resolver el contrato objeto de estudio, ante la falta de prosperidad de las pretensiones. De acuerdo con el fallo, ni siquiera por razones de equidad y justicia material le estaba permitido a la togada adentrarse en el tema de las restituciones mutuas, dado que el contrato no había sido resuelto. La Sala concluyó que al ordenar la entrega del inmueble se apartó de manera ostensible y dolosa del ordenamiento jurídico, pues la orden fue emitida “sin i) resolución de contrato, ii) prosperidad de las pretensiones; ni iii) señalamiento del fundamento jurídico que la habilitaba a proceder de tal modo” (M.P. Eugenio Fernández Carlier).
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