Delitos que no están relacionados con la función diplomática no están cobijados con fuero (4:00 p.m.)
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28 de Septiembre de 2012
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La Corte Suprema de Justicia advirtió que los comportamientos delictuales que no están relacionados con la función diplomática quedan por fuera del fuero que tienen los funcionarios que ejercen estos cargos. Por el contrario, cuando los delitos están relacionados con esa función, la Sala Penal de la Corte Suprema debe juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación. Con estos argumentos, el alto tribunal negó que un alcalde municipal que, en ejercicio de esas funciones, incurrió en el delito de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades debiera ser juzgado con el fuero de los agentes diplomáticos, bajo el argumento de haberse desempeñado como cónsul tiempo después (M.P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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