Penal
Ratifican conexidad del delito de tráfico de estupefacientes con el de rebelión
28 de Septiembre de 2015
La Corte Suprema de Justicia reiteró que estos delitos son conexos cuando la actividad ilegal de tráfico de estupefacientes ha sido cometida para financiar organizaciones insurgentes (Lea: Los retos jurídicos del acuerdo entre el Gobierno y las Farc).
En criterio de la Sala, ni el legislador ni los instrumentos internacionales han considerado como un impedimento para la solicitud de extradición el rol del acusado, razón por la cual el concepto se dio tal como lo han advertido instrumentos como la Convención de las Naciones Unidas sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, la cual fuera incorporada al derecho interno mediante la Ley 67 de 1993 (Lea: Esta es la nueva estrategia de sustitución de cultivos ilícitos).
El caso analizado
Al parecer, en el caso concreto, las conductas de un pedido en extradición traspasaron las fronteras nacionales y lo podrían comprometer con delitos de tráfico de estupefacientes, entre el 2003 y el 2011.
Se trata de un guerrillero que recolectó, en nombre de las Farc, pagos conocidos que calificaba como “impuestos” a los productores de cocaína que operaban en áreas controladas por el grupo insurgente, lo que evidenciaría la conexidad del tráfico de estupefacientes con la rebelión.
(Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Concepto 117 (43713), sep. 23/15, M.P. Eugenio Fernández Carlier)
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