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Cuando no se notifica a un tercero con interés legítimo en la acción de tutela debe ordenarse la nulidad del fallo que la resuelve (4:19 p.m.)

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15 de Diciembre de 2010

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que es necesario que se notifique al tercero con interés legítimo en la acción de tutela, pues la ausencia de esa notificación puede causar la nulidad del fallo que resuelve la acción. Esta sala declaró la nulidad de lo actuado dentro de una acción de tutela que falló la Sala Penal por la falta de notificación a terceros con interés legítimo. Se trata del proceso penal adelantado contra el empresario Juan Felipe Sierra, dentro del cual la Fiscalía había decretado la nulidad de lo actuado, dado que la investigación había sido desarrollada bajo un sistema procesal equivocado. La Procuraduría había iniciado una acción de tutela contra esa decisión y la Sala Penal había decidido anularla.

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