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Cuando la vida de la mujer tiene precio: el sicariato como instrumento del feminicidio

No basta con la existencia de la Ley Rosa Elvira Cely si su aplicación no se adapta a las nuevas realidades criminales.

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Cuando la vida de la mujer tiene precio: el sicariato como instrumento del feminicidio

21 de Agosto de 2025

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Laura Andrea Escolar Galofre
Abogada especialista en Derecho Penal, Derecho Penal Contemporáneo y Derecho Constitucional

Escritora y magíster en Derecho Penal y Criminología

El feminicidio en Colombia, más que la simple descripción de la muerte de una mujer por el hecho de serlo, es la manifestación de una violencia estructural arraigada en el odio, la discriminación y las relaciones históricas de poder. Es un crimen que busca someter, castigar o aniquilar a la mujer por el hecho de ser mujer o por identificarse como tal.

Esta fue la contundente premisa que dio vida a la Ley 1761 de 2015, mayormente conocida como Ley Rosa Elvira Cely, un hito legislativo nacido en nombre del horror y de la indignación nacional ante el brutal crimen que le arrebató la vida a Rosa Elvira en 2012. Su caso no solo estremeció al país, sino que forzó al sistema a reconocer una verdad ineludible: a las mujeres se les mata por razones de género, y estos crímenes exigen un tratamiento penal diferenciado que refleje su verdadera y devastadora gravedad.

La exposición de motivos de la Ley 1761 fue clara al señalar que el feminicidio no es un acto aislado, sino la culminación de un continuum de violencia que surge en contextos de subordinación y desigualdad. Se entendió que no bastaba con sancionar el acto de matar; era imperativo visibilizar las causas estructurales y los patrones culturales que lo permiten.

El legislador creó un tipo penal autónomo para asegurar que la respuesta estatal reflejara la dimensión simbólica del crimen: el asesinato de una mujer como mensaje de control y dominación.

Sin embargo, la criminalidad es dinámica y se adapta. Si bien el imaginario inicial del feminicidio estaba estrechamente ligado a la violencia infligida directamente por el perpetrador del ciclo de violencia –parejas, exparejas o conocidos–, hoy presenciamos una evolución hacia formas más sofisticadas y frías de perpetrarlo. El sicariato emerge como una de las herramientas más alarmantes de esta transformación, un modus operandi que desafía la esencia protectora de la Ley Rosa Elvira Cely y exige una respuesta judicial y estatal a la altura del nuevo fenómeno.

En los feminicidios ejecutados por medio del sicariato, la muerte se compra. El acto pierde cualquier vestigio de impulsividad para convertirse en una transacción planificada, externalizada y deshumanizante. La vida de una mujer se transforma en una mercancía cuyo valor es tasado por el determinador –perpetrador del ciclo de violencia– y ejecutado por un tercero a cambio de dinero.

Este mecanismo no solo perpetúa la idea de que la existencia femenina es un objeto del que se puede disponer, sino que añade una capa de complejidad probatoria y una cobarde distancia entre el perpetrador del ciclo de violencia y la víctima. El determinador del feminicidio instrumentaliza al sicario para buscar impunidad, diluyendo su responsabilidad a través de un intermediario. De esta forma, los motivos de género que subyacen al crimen se invisibilizan, convirtiendo al sicario en el arma y al dinero en el catalizador del odio feminicida.

Esta modalidad impone un reto mayúsculo para la administración de justicia. Para acreditar el feminicidio, se requiere demostrar el elemento subjetivo del tipo: que el crimen fue motivado por razones de género. Es por ello por lo que cuando el autor es un sicario, cuyo único móvil aparente es económico, el foco de la investigación debe desplazarse hacia quien dio la orden, esto es el determinador, sujeto en quien reside la verdadera motivación feminicida.

Las estadísticas, aunque a veces dispersas, revelan una tendencia preocupante. Informes de la Procuraduría y observatorios de feminicidios han alertado sobre el uso predominante de armas de fuego en estos crímenes, un indicador fuertemente asociado al sicariato. La consolidación de la violencia profesionalizada contra las mujeres se alimenta de la impunidad, de las fronteras con el crimen organizado y, sobre todo, de las estructuras patriarcales que siguen validando la violencia como un método legítimo para ejercer poder sobre ellas.

El feminicidio por sicariato es, por tanto, un llamado urgente a la reflexión y a la acción. No basta con la existencia de la Ley Rosa Elvira Cely si su aplicación no se adapta a las nuevas realidades criminales. Es indispensable fortalecer las líneas de investigación, dotando a la Fiscalía de protocolos específicos para investigar feminicidios por encargo y centrando los esfuerzos en probar la responsabilidad de los determinadores.

Finalmente, las políticas públicas de prevención deben revisarse para ir más allá del ámbito doméstico y reconocer que el riesgo feminicida también existe en contextos de criminalidad organizada.

El sicariato no es simplemente un homicidio agravado; cuando se usa para matar a una mujer por razones de género, es la manifestación más fría y calculada del control feminicida. Honrar el espíritu de la Ley Rosa Elvira Cely implica enfrentar estos nuevos escenarios con la misma firmeza con la que fue creada, para que su finalidad no se quede en el papel, sino que se traduzca en una verdadera garantía de justicia y protección para las mujeres en Colombia.

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