Credibilidad de testimonios de menores víctimas de delitos sexuales no depende de su precisión absoluta (3:28 p.m.)
04 de Mayo de 2015
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Nota:
100796
Frente al análisis de los testimonios de niños víctimas de delitos sexuales, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que es necesario tener en cuenta lo expuesto por ellos y no rechazarlos de plano, para lo cual se debe dilucidar la verdad, sin convertir las declaraciones en aspectos incontrovertibles, sino cotejándolas y concatenándolas con las demás pruebas. Según la sentencia, el relato de un niño sobre ese tipo de hechos “no tiene por qué ser concreto, claro, lógico, sucesivo, ordenado y coherente como condición para otorgarle valía, pues, por el contrario, ello supondría una indebida preparación, cual si se tratase de un libreto”. De hecho, en estos casos, la narración de la víctima suele ser desordenada, confusa e incluso increíble, sin embargo, lo importante es que el juez pueda reconstruir el escenario y no se ate a nimiedades que conviertan el derecho a la presunción de inocencia en uno a la impunidad, resaltó la corporación. De ese modo, no se puede exigir que la declaración de un menor tenga precisión absoluta sobre el lugar de los acontecimientos ni la fecha de terminación del abuso. Así, la corporación condenó a un hombre por la comisión del delito de acceso carnal violento agravado contra una niña, cuya custodia había sido entregada por el ICBF a la madre del agresor (M. P. María del Rosario González).
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