Corte recuerda responsabilidad civil de empresas de taxis en procesos penales (11:50 a.m.)
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14 de Junio de 2013
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Con base en la teoría del guardián de la actividad, la Sala Penal de la Corte Suprema reiteró que las empresas de taxis deben responder civilmente y de forma solidaria, junto con los propietarios del vehículo, por el daño causado en el ejercicio de una actividad peligrosa en el marco de comisión de un delito. La corporación recordó que dichas empresas no solo obtienen ganancias económicas por la prestación del servicio, sino también ostentan un poder efectivo de dirección y control sobre el automotor, pues son sus tenedoras legítimas. No obstante, aunque las transportadoras se sustraigan de esos poderes, eso no las exonera de responsabilidad, porque esta deriva de la simple vinculación o afiliación al vehículo, destacó (M. P. Gustavo Enrique Malo).
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