Corte recuerda principio del juez natural (4:45 p.m.)
01 de Agosto de 2013
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Nota:
90228
Al procesado se le debe garantizar el juez natural, es decir, el funcionario preexistente a la conducta punible, que debe caracterizarse por ser previo y permanente, recordó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, no es posible crearlo después de los hechos, indicó la corporación. Sin embargo, explicó que, excepcionalmente, un funcionario sin competencia legal frente a un ilícito, pero de igual o superior jerarquía del que sí la tiene, podrá adelantar el juicio, salvo que se trate de imputados aforados (M. P. José Leonidas Bustos).
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