Corte Constitucional se declara inhibida para pronunciarse sobre inasistencia alimentaria por normas derogadas (2:47 p.m.)
01 de Febrero de 2019
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Nota:
122421
La Corte Constitucional se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del artículo 263 del Decreto 100 de 1980 (antiguo Código Penal) y el articulo 270 del Decreto 2737 de 1989 (antiguo Código del Menor), por cuanto ambas normas fueron derogadas por el artículo 474 de la Ley 599 de 2000 y no producen efectos jurídicos. Vale la pena mencionar que estas disposiciones establecían normas sobre inasistencia alimentaria. Según el fallo, no existe fundamento alguno para un pronunciamiento de fondo, ya que lo acusado desapareció del ordenamiento y no está produciendo efectos, imponiéndose la inhibición por carencia actual de objeto sobre el cual decidir (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).
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