Coronavirus (covid-19)Afirmar enfermedad del recluso y riesgo de contagio del covid-19 para solicitar prisión domiciliaria transitoria es insuficiente
16 de Julio de 2020
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Para acceder a la prisión domiciliaria transitoria, establecida en el Decreto 546 del 2020, es insuficiente afirmar que el recluso padece una enfermedad que pone en grave riesgo su salud o su vida frente al posible riesgo de contagio del covid-19. Así lo precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En este sentido, indicó que para que la solicitud de prisión o detención domiciliaria presentada por el procesado o su defensor tenga soporte legal se deberán allegar la cartilla biográfica digitalizada, el cómputo de la pena, la información que obre en la hoja de vida y los antecedentes judiciales del procesado. Además, se deberá anexar la historia clínica del interno y la certificación expedida por el sistema general de seguridad social en salud al que pertenezca (contributivo o subsidiado) o por el personal médico del establecimiento penitenciario y carcelario, en los casos en que se encuentre a cargo del Fondo Nacional de Salud de la persona privada de la libertad. En el caso concreto, no fue necesario revisar dichos documentos, pues el acusado no cumplió con el requisito objetivo, toda vez que el delito por él cometido esta enlistado como exclusión para conceder estos beneficios (M.P. Jaime Humberto Moreno Acero).
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