Penal
Procuraduría solicita declarar exequible reforma al fuero penal militar
15 de Julio de 2013
La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible la totalidad del Acto Legislativo 2 del 2012, a través del cual se reformó el fuero penal militar.
Para el Ministerio Público, el proyecto que dio lugar a la norma cumplió con el trámite previsto en la Carta Política y en el reglamento del Congreso. Así mismo, sostuvo que en su redacción no se vulneraron los principios de consecutividad e identidad flexible.
Con relación a lo argumentado por los demandantes sobre supuestos vicios de procedimiento insubsanables en el proceso de formación de algunas de sus disposiciones, el Ministerio Público señaló que la vulneración de este principio se predica respecto del trámite de los proyectos y no respecto de uno de los artículos o de unas disposiciones en particular, pues lo contrario implicaría desconocer que en los debates posteriores pueden introducirse una serie de cambios, modificaciones y adiciones sobre temas que guardan una relación directa con los debatidos en un comienzo.
Respecto a uno de los argumentos de los accionantes que consideraban que la norma se tramitó sin acatar los mensajes de urgencia presentados por el Gobierno en relación con otros proyectos de ley, el Ministerio Público sostuvo que el posible desconocimiento de esos mensajes respecto de otros proyectos no afecta la legalidad del trámite del proyecto de acto legislativo.
En cuanto a la expresión “policial” contenida en el artículo 3º de la norma, los demandantes argumentaban que no hay relación específica, necesaria y evidente entre la jurisdicción penal militar, como expresión procesal del fuero penal militar, y la jurisdicción penal policial.
Sobre el particular, la Procuraduría conceptuó que como la Policía Nacional hace parte de la fuerza pública, existe una conexión clara y evidente entre la expresión demandada y la prohibición que la norma establece para que el fuero no cobije los crímenes de lesa humanidad ni los delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado cometidos por los miembros de esta institución.
Indicó, además, que declarar la inexequibilidad de esta expresión, como lo pretenden los accionantes, haría que estos delitos también pudieran ser conocidos por las cortes “policiales”, tal y como sucederá con otras infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por los congresistas Iván Cepeda, Germán Navas, Ángela María Robledo, Gloria Ramírez y Guillermo Rivera; los abogados Ramiro Bejarano y Santiago Medina, y las organizaciones no gubernamentales Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y la Comisión Colombiana de Juristas.
(PGN, comunicado, julio 12/13)
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