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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


El nuevo caso que pone en aprietos judiciales al exmagistrado Jorge Pretelt

06 de Noviembre de 2018

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Si bien el escándalo de Fidupetrol involucra directamente a Jorge Ignacio Pretelt e hizo que abandonara prematuramente su magistratura, es juzgado en estos momentos por la Corte Suprema, la Fiscalía General informó hoy de un nuevo caso de corrupción en el que estaría salpicado este exmagistrado de la Corte Constitucional.

 

Y es que en desarrollo de las investigaciones que adelanta la Fiscalía en la denominada “Operación acordeón” obtuvo información que da cuenta del presunto pago de una millonaria suma de dinero al togado a cambio de favorecer los intereses de la empresa Recaudos y Tributos S. A. (R&T), filial de la Sociedad Interamericana de Aguas y Servicios (INASSA).

 

Lo anterior con motivo de la controversia originada entre esa empresa y el Distritito de Santa Marta en torno a la legalidad del contrato para la modernización del sistema de gestión y recaudo tributario de la ciudad. El supuesto soborno se habría pagado con cargo a contratos ficticios suscritos por la sociedad R&T.

 

El ente investigador estableció que en dicho trámite la Corte, con ponencia de Pretelt, profirió la Sentencia T-082 del 2012 en beneficio de los intereses de la sociedad, aunque esta decisión fue posteriormente anulada mediante un auto proferido por la Sala Plena de la misma corporación.

 

Incidente de nulidad

 

El alto tribunal constitucional sostuvo entonces que la terminación unilateral de un contrato estatal por parte de la Administración no supone una violación del derecho al debido proceso del contratista cuando esa decisión y la liquidación del convenio obedecen a una ilicitud.

 

De acuerdo con su concepto, es obligación de la entidad dar por terminados los contratos viciados por nulidades absolutas. Por esa razón, declaró la nulidad del amparo mediante la cual la Sala Quinta de Revisión había amparado los derechos de la firma contratista.

 

Según el fallo de nulidad, “la Sala Quinta de Revisión adoptó una posición contraria a lo que ha determinado la Corte, tanto en sede de revisión de tutela como de control abstracto de constitucionalidad, respecto de la legitimidad de las potestades exorbitantes que la ley le confiere a la administración en el campo de la contratación estatal”, entre ellas la terminación unilateral del contrato.

 

En sus palabras, la decisión de la administración de liquidar unilateralmente el contrato obedecía a la formación de un vicio de ilicitud, ya que la gestión tributaria le corresponde exclusivamente a la administración y no puede delegarse en terceros. (Lea: Lo que viene en la Corte Constitucional con la salida de Jorge Pretelt)

 

Y explicó que la gravedad de ciertos vicios en los que se puede incurrir en la formación de los contratos impiden que estos se celebren o se sigan ejecutando, por la afectación que producen en el orden jurídico. En tales casos, se impone la terminación inmediata del contrato, sin necesidad de agotar un procedimiento administrativo especial.

 

Nueva investigación y el caso de Alexei Julio

 

Volviendo al caso investigado, la Fiscalía, teniendo en cuenta la relevancia penal de las conductas atribuidas al exmagistrado y el fuero constitucional que lo ampara en relación con las mismas funciones (artículos 174 y 178 de la Constitución), decidió compulsar copias de las piezas procesales pertinentes, con destino a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, para que dé inicio a la investigación correspondiente.

 

Así mismo, el fiscal encargado de este caso compulsó copias para que se investigue la conducta de los abogados Rodrigo Escobar y Víctor Pacheco, a quienes se hace referencia en las evidencias conocidas.

 

Pero también al exmagistrado encargado Alexei Julio, quien apoyo en esa época la ponencia de Pretelt, y al que, supuestamente, le habrían entregado dinero por la decisión favorable a los intereses del grupo español.  El exmagistrado Luis Ernesto Vargas rechazó la ponencia de la polémica Sentencia T-082.

 

El soborno transnacional como conducta sancionable

 

No son buenos tiempos para esta compañía, en tanto la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), hace unos meses, emitió por primera vez una sanción por soborno transnacional, figura consagrada localmente en la Ley 1778 del 2016.

 

En efecto, el día 6 de julio de este año, por medio de la Resolución 200-002899, procedió a imponer multa de $5.078.073.000 (para el 2018 corresponde a 6.500 salarios mínimos legales) a INASSA, “por haber ofrecido o efectuado pagos a funcionarios públicos ecuatorianos en 2016”, estrenando así la facultad sancionatoria otorgada a ese órgano administrativo, para sancionar personas jurídicas que sobornan servidores públicos extranjeros para obtener ventajas en procesos de contratación públicos en ese otro país.

 

Según el jurista Antonio Alejandro Barreto, la figura que se utiliza está atada a un conjunto de reformas locales relacionadas con el interés de Colombia por ingresar al grupo de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (Ocde), institución internacional que, a partir de varias auditorías sectoriales, recomendó implementar reformas estructurales para atacar dos temas centrales, ambos íntimamente ligados a la contratación pública: la colusión y la corrupción.

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