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Condicionan norma sobre dictamen de médicos oficiales para la sustitución de la detención preventiva (10:26 a.m.)

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24 de Mayo de 2019

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La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de la expresión “previo dictamen de médicos oficiales”, contenida en el artículo 314.4 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), modificado por el artículo 27.4 de la Ley 1142 del 2007, bajo el entendido de que también se pueden presentar peritajes de médicos particulares. En efecto, la norma establece que la detención preventiva en establecimiento carcelario puede sustituirse por la del lugar de residencia cuando el imputado o acusado estuviere en estado grave por enfermedad, por lo que, desde ahora, se podrá presentar también el dictamen privado por parte de la defensa (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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