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Concierto para promocionar grupos paramilitares solo admite la modalidad dolosa (8:20 a.m.)

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10 de Octubre de 2012

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El delito de concierto para promocionar grupos paramilitares solo admite la modalidad dolosa, conforme al principio de culpabilidad. Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia al condenar al excongresista William Montes por su alianza con las Autodefensas Unidas de Colombia a través de tres manifestaciones colectivas en donde se relacionó con estos grupos: una en Santafé de Ralito (Córdoba), en 1991; otra en el Retén (Magdalena), en el 2002, y una más en el corregimiento de El Caramelo (Córdoba), en el 2003. La Sala Penal resaltó que estaba acreditada su plena capacidad de culpabilidad, pues Montes era conocedor de relaciones públicas y sociales y privilegiado en habilidades para tomar decisiones políticas, lo que lo hacía consciente de la ilicitud o trascendencia jurídica de su actuar. Adicionalmente, la gravedad de la conducta se acentuaba, pues significó por lo menos un escaño en el poder Legislativo.

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