Así se configura el elemento normativo de violencia en el delito de acceso carnal violento (9:42 a.m.)
02 de Marzo de 2020
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Nota:
114807
El elemento normativo de violencia contemplado en la estructura del delito de acceso carnal violento se concreta cuando el victimario ejerce fuerza, constreñimiento, presión física o sicológica para reducir las posibilidades de oposición o resistencia de la víctima, quien ante el ataque puede reaccionar defendiéndose, tratando de huir o también puede padecer un estado de conmoción síquica que enerva cualquier otro tipo de respuesta, precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Con base en ello recalcó que una persona que sufre ataques violentos no siempre reacciona, sino que puede quedar paralizada, inhibiéndose de ejercer cualquier acción de defensa. Conozca el caso concreto en el documento adjunto (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).
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