Apropiación del dinero hallado en guaca de las FARC no es una conducta penalmente atípica (11:08 a.m.)
17 de Septiembre de 2015
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Nota:
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Así lo determinó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia luego de advertir que no puede afirmarse la falta de configuración del delito de peculado por apropiación sobre la conducta desplegada por los militares condenados por repartirse el contenido de varias caletas contentivas de cuantiosas sumas de dólares y pesos, camufladas bajo tierra por esa organización delictiva, en el área selvática de Coreguaje, municipio de San Vicente del Caguán. En sustento de su decisión, el alto tribunal explicó que los militares no estaban facultados legalmente para disponer a su arbitrio de los dineros hallados, puesto que estos no constituyen tesoro ni tienen la condición de mostrencos. Igualmente, sostuvo que como existía evidencia de que tales valores pertenecían a las FARC, su deber era custodiarlos hasta tanto fueran dejados a disposición de la autoridad respectiva, en tanto los uniformados implicados asumieron la tenencia y, por ende, la disponibilidad material de los bienes desde el mismo momento de su descubrimiento, el cual se produjo cuando cumplían su deber funcional de defender el orden constitucional (M.P. Fernando Alberto Castro).
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