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Corte se inhibe en demanda contra reforma a delito de invasión de áreas de importancia ecológica

28 de Junio de 2012

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La Corte Constitucional se declaró inhibida para conocer de fondo sobre la acción interpuesta contra un aparte del artículo 39 de la Ley 1453 del 2011 (Ley de Seguridad Ciudadana), que reformó el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica, por ineptitud sustantiva de la demanda.

 

En su opinión, los argumentos de los accionantes carecían de pertinencia, certeza, suficiencia y especificidad. Además, “no se puede hacer una interpretación del tipo penal, sin tener en cuenta todos los elementos descritos en él, para extraer una supuesta indefinición legal”, advirtió la corporación.

 

El alto tribual reiteró que el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica sanciona el uso indebido de bienes raíces de importancia para la Nación, entre ellos, los pertenecientes a las comunidades aborígenes, afrodescendientes, de reserva forestal o de interés ecológico.

 

Los demandantes, indicó, hacen una interpretación de la norma limitada a la reserva forestal, que no corresponde al contenido de las expresiones que consideran inexequibles por la presunta violación de los principios de legalidad y tipicidad.  

 

La Procuraduría General de la Nación le había  pedido  a la Corte que se declarara inhibida para conocer de fondo la demanda. Para el Ministerio Público, la interpretación subjetiva de los demandantes sobre el alcance de los verbos rectores no implica la existencia de una contradicción entre la expresión del legislador para describir el delito y la Constitución.

 

A diferencia de lo afirmado en la demanda, el aparte no penalizó el tránsito por los territorios señalados como áreas de reserva forestal, explicó la Procuraduría.

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