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Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Penal


Relatoría de Sala Penal de Corte Suprema no puede divulgar datos personales de fallos

30 de Junio de 2015

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A partir de ahora, las bases de datos destinadas a la divulgación de la jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no podrán revelar nombres, apellidos ni cualquier otro dato personal sensible de los sujetos procesales o intervinientes, los cuales sean ajenos al fin de la publicidad de las sentencias y, por el contrario, violen el hábeas data.

 

Así lo ordenó la corporación, al indicar que la búsqueda correspondiente debe realizarse mediante criterios inherentes a temas jurídicos, específicamente aspectos sustanciales, procesales o probatorios.

 

El Auto 18837 del pasado 10 de junio reiteró que las bases de datos administradas por la relatoría de dicha sala, a través de la página de internet de la Corte, no están encaminadas a mostrar los antecedentes penales, sino que buscan difundir la jurisprudencia.

 

Sin embargo, ellas permiten conocer tal información, de forma indiscriminada, ya que el nombre de una persona vinculada con un asunto tramitado en el alto tribunal puede ser hallado y relacionado con las variables del caso, sin que esto obedezca a un específico interés jurídico en un tema particular, lo cual es un efecto adverso que genera exclusión social y discriminación, señaló.

 

En el caso analizado, la providencia también ordenó a esa dependencia editar los textos digitales de las sentencias que contienen los datos personales de una procesada, los cuales deberán sustituirse por sus iniciales, teniendo en cuenta el precedente jurisprudencial fijado en la Sentencia SU-458 del 2012, la Ley 1581 del mismo año y la Ley 1712 del 2014.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 18837, jun. 10/15)

 

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