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Penal


Menos impedimentos para los jueces

El mismo juez puede adelantar el juicio oral con los procesados que aceptan cargos y enjuiciar a quienes no se allanan ni suscriben preacuerdos.
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31 de Enero de 2012

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó su precedente sobre la competencia de los jueces que adelantan un proceso con varios acusados, algunos de los cuales suscriben preacuerdos con la fiscalía.

 

La Sala aclaró que el mismo juez puede adelantar el juicio oral con los procesados que aceptan cargos y enjuiciar a quienes no se allanan ni suscriben preacuerdos.

 

Según el alto tribunal, esta circunstancia no le genera ningún impedimento al funcionario ni provoca la nulidad del proceso, porque no afecta la imparcialidad del juez.

 

Aunque anteriormente se había considerado lo contrario, la Corte indicó que el precedente vigente es el que descarta los impedimentos de los funcionarios cuando unos coimputados aceptan y otros niegan su participación delictiva.

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia 37043, sep. 28/11, M. P. Fernando Alberto Castro)

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