Penal
Inhabilidad para contratar con el Estado por narcotráfico y delitos lesa humanidad es permanente
21 de Agosto de 2012
La Corte Constitucional declaró inexequible la inhabilidad de 20 años para contratar con el Estado establecida en el artículo 1º del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 del 2011) para quienes hayan sido condenados por la pertenencia, promoción o financiación de grupos ilegales; delitos de lesa humanidad o narcotráfico.
Según el alto tribunal, la norma vulnera el artículo 122 de la Constitución, que establece dicha inhabilidad de manera vitalicia o permanente.
Sin embargo, la Ley 1474 prevé otro tipo de condenas que admiten la inhabilidad por 20 años, como las relacionadas con conductas punibles contra la administración pública que no afecten el patrimonio del Estado. En esos casos, el legislador sí podía limitar la duración de la inhabilidad, aclaró la Corte.
De otro lado, el alto tribunal advirtió que el secreto profesional no cobija a los revisores fiscales, cuando encuentren actos de corrupción en el ejercicio de su cargo. Así mismo, aclaró que esa garantía no es absoluta, pues debe analizarse en cada caso, teniendo en cuenta la cercanía de la profesión con la intimidad personal y los fines de su ejercicio.
El magistrado Luis Ernesto Vargas salvó el voto. En su opinión, no se podía hacer distinción entre los delitos contra la administración pública y los que fueron declarados inexequibles. Por su parte, los magistrados Nilson Pinilla, María Victoria Calle y Gabriel Mendoza presentaron aclaraciones de voto.
(Corte Constitucional, comunicado Sentencia C-630, ago. 15/12, M. P. Mauricio González Cuervo)
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